El juez Castro cita en el auto una campaña de Hacienda: "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos"

  • El juez dedica 20 de las 150 páginas del auto de apertura de proceso oral  argumentar en contra de la aplicación de la ‘doctrina Botín’.
  • En cuanto a la presunción de inocencia de la intanta el juez expone “que ha sido incluso aún más garante que con los demás imputados”.
  • El auto concluye con “contra esta resolución no cabe recurso alguno”.
  • El juez Castro considera presunta cooperadora en delitos fiscales a la infanta.
El juez José Castro, saliendo de los juzgados de la capital balear.
El juez José Castro, saliendo de los juzgados de la capital balear.
Montserrat T. Díez/ EFE
El juez José Castro, saliendo de los juzgados de la capital balear.

El juez Castro ha hecho público el auto con el que se ratifica que la infanta Cristina tendrá que declarar como imputada en el 'caso Noós'.

La vista oral se realizará probablemente la segunda mitad de 2015, y reunirá a la infanta, su marido Iñaki Urdangarín, su ex socio Diego Torres, su mujer Ana María Tejeiro y al ex presidente del Gobierno Balear Jaume Matas.

El auto de apertura de juicio oral contra los 17 implicados en el 'caso Noós' que ha hecho público el juzgado de instrucción número 3 de Palma de Mallorca se dedica, durante gran parte de las 150 páginas que lo componen, a deshacer los argumentos del fiscal para no imputar a la infanta Cristina, responder a las acusaciones de "presunción de inocencia", y a argumentar en favor de la acusación popular en un proceso como este.

Las alegaciones contra la posible aplicación de la 'doctrina Botín' tienen también gran parte de protagonismo en el auto, del que cabe destacar la llamada de atención a la abogacía del Estado como defensora de los derechos de la Agencia Tributaria.

Cinco claves del auto en relación con la infanta:

  • Necesidad de una acusación popular. El juez Castro defiende en el auto la presencia del sindicato 'Manos Libres' alegando que "la acción popular es una institución benemérita, esencial para suplir vacíos -nada hipotéticos- de iniciativa institucional en la persecución penal, cuya relevancia como factor de "salud pública" justifica el trato dado a la misma por el legislador histórico y por el constituyente".
  • No aplicación de la doctrina Botín. Precisamente basado en el punto anterior, el juez argumenta que al no considerar ni la abogacía del Estado ni la Fiscalía, que la infanta debe ser imputada, ninguno de ellos representarían los intereses de la acusación. "En el caso que ahora se trata (el caso 'Botín') la Abogacía del Estado sí que se estima perjudicada, sí que ejercita la acción penal y consecuentemente interesa la pertura del juicio oral, haciéndolo justamente por dos delitos de fraude a la Hacienda Pública", argumenta el auto para desestimar una posible similitud de los casos.
  • Presunción de inocencia. Castro ha respondido también en este auto a las acusaciones de la defensa de la infanta y de la fiscalía sobre el respeto a la "presunción de inocencia" de la misma. "Se ha aireado a los cuatro vientos que ese derecho no existe en España", afirma el auto que señala que tal derecho "no estriba en cerrar los ojos ante las sospechas que puedan darse sobre la comisión de un delito, sino continuar la investigación hasta que aquellas se desvanezcan o se tornen en indicios racionales". A continuación el juez afirma que "se ha sido incluso aún más garante que con el resto (de los acusados) y cualquier censura debería de venir por ese lado, para enfatizar que "rechaza enérgicamente que ninguno de los órganos judiciales que han tomado decisiones en esta causa haya podido incurrir en semejante distorsión".
  • "Hacienda somos todos". En el auto el juez analiza el fraude a la Hacienda Pública y afirma que considerar que en "delitos contra la Hacienda Pública el perjudicado, o el único perjudicado, es la Abogacía del Estado sería tanto como decir que ante un fraude del que  fuera víctima una comunidad de propietarios el perjudicado sería su administrador y no aquéllos". Argumento que respalda mencionando las campañas publicitarias que la Administración Tributaria llevó a cabo con los slogan de "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos" y "Hacienda somos todos".
  • Declaración como partícipe. El juez afirma que "sólo subsidiariamente, para el supuesto de que no prosperase la acusación, cabría su declaración (en referencia a la infanta Cristina) como partícipe a título locrativo de los delitos contra la Hacienda Pública". Además, le impone una fianza de 2.697.150 euros, en concepto de las posibles responabilidades civiles que se derivan de la comisión de los delitos imputados.
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